Se aprueba la primera Ley de Casa en España

Se aprueba la primera Ley de Casa en España

Tras 2 años de negociaciones y controversias, al final el martes día 1 de febrero del año 2022 ha sido el día que se aprobó por el Consejo de Ministros la nueva ley de casa en España. Ahora, el plan de ley va a ser remitido a las Cortes En general para su tramitación parlamentaria por el método de urgencia. Para su aceptación definitiva, el escrito tendrá que ser ahora negociado por los aliados parlamentarios gubernamental, los cuales ya han anunciado la presentación de enmiendas.

Consideren que esta ley es la primera que viene a intervenir el mercado de arrendamiento a escala nacional y, por medio de la misma, el Regimen español reconoce las competencias de todas las Sociedades Autónomas en temas de casa que dejará situar a su disposición aprobar los instrumentos que tengan en cuenta exactas para contribuir a hacer efectivo tal derecho esencial.

La citada regla, sucintamente, engloba los próximos mercados:

  1. Ventajas para minimizar el costo del arrendamiento a los denominados “pequeños propietarios” (menos de 10 casas bajo su titularidad).

    Se prevé 3 tipos de bonificaciones:

    • Bonificación del 50% para los propietarios que procedan a rentar su casas.
    • Bonificación del 70% si se arrienda a adolescentes de entre 18 y 35 años, por primera ocasión.
    • Bonificación del 90% si se hace el arriendo en una de las denominadas “áreas tensionadas”
  2. Restricciones de arrendamiento a los considerados “grandes propietarios”(personas físicas o jurídicas con bastante más de 10 casas bajo su propiedad).

    Dichas características deberán adaptar el costo de sus arrendamientos al índice de alusión del área en la que se localicen estos inmuebles. A partir de su aceptación, se concederá un plazo de año y medio para entablar el índice indicado.

  3. Subir los impuestos para las características vacías, en aras de incentivar su salida a mercado.

    El Regimen español pondrá a disposición de las CCAA que, las que lo soliciten, van a poder ejercer el control de costos en regiones tensionadas y, con ello, las sociedades autónomas van a poder dictaminar si esas casas que lleven vacías bastante más de 2 anualidades y cuyo dueño tuviere bastante más de 4 casas en el mismo municipio, se les se incrementa la tasa del IBI hasta un 150%.

  4. Regulación de los desahucios.

    Se prevé hacer una optimización de comunicación entre los servicios sociales y los organismos judiciales a efectos de dotarla de más celeridad y efectividad. Asimismo, se prevé incrementar el plazo de uno a 2 meses para fijar el lanzamiento de los desahucios una vez que el titular de la casa es una persona física y de 3 a 4 meses una vez que es una persona jurídica.

  5. Alquileres públicos en las novedosas promociones de casas.

    Las novedosas promociones de obra nueva deberán integrar una reserva del 30% de casas destinadas al parque público (y el 15% debería ser designado a arrendamiento social).

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