¿Puedo usar un piso turístico como casa habitual?

¿Puedo usar un piso turístico como casa habitual?

¿Puedo mercar un piso turístico para utilizarlo como casa habitual?

En España no hay una legislación nacional que regule la promoción y regulación de las ocupaciones turísticas.

En este entorno, hay leyes regionales que regulan el turismo. En esta situación, debes asistir a la normativa del sitio donde esté el inmueble, debido a que son las diversas sociedades autónomas las que legislan sobre esta materia.

Varias Sociedades Autónomas poseen reglas y métodos diferentes en funcionalidad de si la casa se usa como piso turístico (AT) o como hospedaje de uso turístico (VUT).

El primer término tiene relación con inmuebles que acostumbran ser gestionados exclusivamente por organizaciones de arriendo. El hospedaje de uso turístico es un inmueble propiedad de un especial que lo alquila de manera periódica y no profesional, comúnmente por días, por medio de canales de oferta turística.

Se debe considerar que en los dos casos se necesita estar dado de alta en los servicios que corresponden de la sociedad autónoma y llevar a cabo con los requisitos de una aseveración responsable frente a la autoridad a la que le competa el asunto.

Los pisos turísticos, aunque poseen el mismo costo que un hotel, tienen que consumar requisitos más rigurosos que los alojamientos turísticos.

Por consiguiente, para la mayor parte de los propietarios, en especial si son nuevos, la elección más beneficiosa suele ser registrar su hospedaje como casa turística.

En cuanto al uso, las casas turísticas, a diferencia de los alojamientos turísticos, jamás tienen la posibilidad de ser residenciales, de esta forma que no, no se puede vivir en un piso turístico.

Consejero de casa

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