¿Cómo perjudicará la subida de impuestos en España a los extranjeros?

¿Cómo perjudicará la subida de impuestos en España a los extranjeros?

El Regimen español ha anunciado recientemente planes para incrementar los impuestos sobre la renta personal, el patrimonio y las herencias como parte de la llamada "sincronización fiscal".

Julio Prieto, especialista en fiscalidad y consumidores privados, redacta para el jurista Del Conte Chambers que España dejará 5.590 millones de dólares en subvenciones de la Alianza Europea en un intento de ofrecer un fomento a la economía tras los devastadores efectos de la enfermedad pandémica del Coit-19.

Entonces, ¿cómo perjudicarán dichos cambios a los habitantes británicos que comparten su tiempo entre el Reino Unificado y España, que viven ahí permanentemente o que planean hacerlo?

Los cambios que están afectando a los residentes españoles integran el impuesto sobre la renta, el impuesto sobre el patrimonio, el Impuesto al Valor Agregado y el IHT (impuesto sobre sucesiones).

El impuesto sobre la renta ha introducido nuevos parámetros: El 47% sobre una base imponible total de 300.000 euros y el 26% sobre una base imponible del ahorro mayor a 200.000 euros. La llamada "regla Beckham" para los trabajadores inmigrantes en España, el tipo impositivo es del 24% hasta 600.000 euros y del 47% desde 600.000,01 euros.

El impuesto sobre el patrimonio es recaudado en cierta medida por el regimen español y la sociedad local. Hay subvenciones en funcionalidad de la sociedad regional.

El Impuesto al Valor Agregado ha incrementado el impuesto sobre las bebidas azucaradas del 10% al 21%.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITPAJD) e Impuesto sobre Sucesiones (IHT): El 9 de julio de 2021 el Regimen español aprobó la Ley 11/2021. Hablamos de una totalmente nueva ley antifraude cuyo primordial cambio es el costo de alusión para la conversión de activos, que debería tenerse presente en la normativa catastral de España para los bienes inmuebles. Si el inmueble no posee costo de alusión o la Dirección Gral. de Inmuebles no puede confirmarlo, "la base imponible va a ser mayor a los próximos valores: el costo de tasación del contribuyente o el costo de mercado".

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